Sus funciones vienen definidas en los artículos del 119 al 123 del Estatuto de Autonomía de Andalucía de 2007.[1] El Consejo es definido en éste como ostentador del poder ejecutivo, encargado de la elaboración y de la puesta en práctica de la política de Andalucía, así como de la dirección de la Administración y de los servicios bajo la tutela de la Junta. El Gobierno y cada uno de sus miembros son a éste efecto son dotados de poder reglamentario, en el ámbito de las competencias atribuidas por la Constitución y el Estatuto de Autonomía.
El Consejo actúa de manera estrecha con el Parlamento, que orienta, impulsa y controla la acción del primero, según el artículo 106 del Estatuto, que define las funciones del Parlamento de Analucía.
La iniciativa para crear y desarrollar leyes es compartida entre el Parlamento, según el procedimiento detallado en su reglamento interno, y el Consejo de Gobierno, según el artículo 111 del Estatuto. Una vez votadas, las leyes son sancionadas por el Presidente de la Comunidad Autónoma (como representante ordinario del Estado en la Comunidad Autónoma), para después ser publicadas en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en el Boletín Oficial del Estado.
Conforme al artículo 109 del Estatuto, el Parlamento de Andalucía delega en el Consejo de Gobierno la facultad de legislar por la vía reglamentaria, a excepción de ciertas materias sobre las cuales el Parlamento conserva una competencia legislativa exclusiva, como son los presupuestos y aquellas leyes que requieran mayoría cualificada, entre otras. En caso de urgencia, la cámara puede por otro lado autorizar al Consejo a crear decretos-ley, de una duración vigente limitada. En los temas más delicados, como presupuestos, régimen electoral, instituciones, derechos y libertades, principalmente, son excluidos del campo de aplicación de ésta medida.
De acuerdo con el apartado cuarto del artículo 119 de la Constitución, el Gobierno de la Comunidad tiene potestad para presentar recursos de inconstitucionalidad y de conflictos de competencias ante el Tribunal Constitucional.
[editar] Elección y composición
El Consejo de Gobierno esta compuesto por el Presidente, los Vicepresidentes y los Consejeros. Es el Presidente el encargado de nombrar a los consejeros, según el reparto de carteras que éste decida.[2]Los miembros del Consejo de Gobierno son llamados consejeros, para distinguirlos de los ministros del Gobierno de España. A cada uno de los consejeros se le atribuye un departamento o consejería, con sus respectivas competencias.
El Consejo de Gobierno cesa tras la celebración del elecciones al Parlamento, o, excepcionalmente según el Estatuto, en los siguientes casos:
- Incapacidad jurídica
- Condena penal firme que inhabilite para el desempeño de cargo público
- Fallecimiento del Presidente
- Aprobación de una moción de censura
- Pérdida de cuestión de confianza
[editar] Composición actual
En la legislatura actual (2008-2012) la Junta de Andalucía está compuesta por las siguientes 13 consejerías, ordenadas por prelación:[3]El primer Consejo de Gobierno se formó el 24 de abril de 2009 tras la dimisión del anterior Presidente para ocupar una cartera en el Gobierno Central. El presidente nombró a 15 consejeros, y ningún vicepresidente. El 22 de marzo, el presidente, José Antonio Griñán remodeló el gobierno y eliminó dos conserjerías[4]
Composición del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía - VIII Legislatura | ||
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Consejería | Consejero | Competencias |
Presidente de la Junta de Andalucía | José Antonio Griñán Martínez | |
Consejería de la Presidencia | María del Mar Moreno Ruiz | Asistencia política, técnica y jurídica del Presidente y del Gobierno, protocolo, gestión económica de la Presidencia, comunicación, BOJA[5] |
Consejería de Gobernación y Justicia | Luis Pizarro Medina | Coordinación de la acción del Consejo en materia de seguridad y servicios de emergencias, elecciones y consultas, espectáculos y actividades recreativas, voluntariado, drogodependencias, protección de animales[6] |
Consejería de Hacienda y Administración Pública | Carmen Martínez Aguayo | Política económica y financiera, programación, seguimiento, evaluación, coordinación y verificación de las actuaciones de contenido económico y financiero, entre éstas los Presupuestos de la Junta[7] |
Consejería de Educación | Francisco Álvarez de la Chica | Educación infantil, primaria y secundaria, formación profesional[8] |
Consejería de Economía, Innovación y Ciencia | Antonio Ávila Cano | Educación superior, investigación científica e innovación tecnológica, ayuda a las empresas para I+D, sociedad de la información, industria, energía, minas, cooperativas, incentivos regionales y tecnológicos, cooperación económica y desarrollo de mercados[9] |
Consejería de Obras Públicas y Vivienda | Josefina Cruz Villalón | Obras públicas, infraestructuras y organización de transporte por carretera, ferroviario, marítimo y aéreo[10] |
Consejería de Empleo | Manuel Recio Menéndez | Relaciones laborales, seguridad y sanidad en el trabajo, tutela del Servicio Andaluz de Empleo, políticas de autoempleo, red de UTEDLT (desarrollo local y tecnológico en áreas rurales)[11] |
Consejería de Salud | María Jesús Montero Cuadrado | Sanidad e higiene pública, hospitales y consumo[12] |
Consejería de Agricultura y Pesca | Clara Eugenia Aguilera García | Agricultura, ganadería, agroalimentación, desarrollo rural y pesca, acuicultura e investigación agropecuaria[13] |
Consejería de Turismo, Comercio y Deporte | Luciano Alonso Alonso | Planificación, promoción y desarrollo del turismo, comercio, artesanía y deporte[14] |
Consejería para la Igualdad y Bienestar Social | Micaela Navarro Garzón | Familia, tercera edad, discapacitados, integración social, prestaciones no contributivas y asistencia social, igualdad de trato y oportunidades[15] |
Consejería de Cultura | Paulino Plata Cánovas | Arte y cultura, patrimonio histórico - bibliográfico - sonoro - imagen, museos[16] |
Consejería de Medio Ambiente | José Juan Díaz Trillo | Protección del medio ambiente, agua, espacios naturales, vías pecuarias, montes públicos, cotos de caza y control cinegético[17] |
Fuente: Junta de Andalucía |
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